Someten acción de amparo contra la Junta Central Electoral y Luis Abinader por uso de recursos del Estado en favor de relección.



Someten acción de amparo contra la Junta Central Electoral y Luis Abinader por uso de recursos del Estado en favor de relección.


Solicitan a  JCEentrega gratuita de cedulas, y ordenar al Poder Ejecutivo entrega a Partidos Políticos de recursos contemplados por Ley 20-23.


SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Un Grupo de Abogados, y La Fundación Primero Justicia, representada por su Presidente SurunHernandez sometió acción de amparo contra JUNTA CENTRAL ELECTORALemitirresolucióndondeordene al LIC. LUIS ABINADER CORONA por el uso de los recursos del Estado en favor de la reelección presidencial, mediante instancia depositada por el Tribunal Superior Administrativo, solictaronORDENAR a  la JUNTA CENTRAL ELECTORALy aLIC. LUIS ABINADER CORONA, disponer : a) Suspensión y desactivación de losbonos ytarjetasemitidas con motivo del citadoBono Navideño 2023, y duranteelproceso electoral, emitidas al portador, disponiendosureembolso para ser incluidasenlosprogramassocialesrealizados con las depuraciones y fiscalización que evitensudesvío, y garantice que beneficien a las personas clasificadascomo de escasosrecursoseconómicos, madressolteras, envejecientes, discapacitados, al tenor de losestándaresinternacionales, prohibiendo la emisión de tarjetasbonos o ayudas que no establezcanelbeneficiario al momento de la emisión de la misma; b) La entrega a lospartidospolíticos de losfondosconsagradosen la Ley 20-23, de Régimen Electoral; c) La realización de actosinauguralesporparte del Presidente de la República Dominicana; d) La emisión de duplicado de cedula gratuitamente hasta el 19 de mayo del 2024; e) La prohibición de vehículos y yipetasfrentes a losrecintoselectorales, ordenando a la Policía Electoral suincautación y sometimiento a la Justicia; f) Prohibición a la Policía Electoral de tomasmedidasporsimismos, sinoacatar y ejecutar las instrucciones de losfuncionarios de la Junta Central Electoral, absteniendo de impedirel paso a losrecintos y las mesas de losdelegados, de sus suplentes, Observadores de Escrutinio y de losprofesionales de la Prensa;  g) Prohibir al Banco Central y al Banco de Reservas suspender las transferenciaselectrónicas 72 horas antes de las elecciones; 



Recordó que el artículo 210 de la Ley 20-23, de régimen electoral prohíbe expresamente el uso y abuso de los programas sociales para fines políticos, lo cual evidentemente constituye un vulneración al principio de equidad y transparencia que deben normar los procesos políticos, al establecerse un mercado persa con bonos navideños donde el voto y la cedula se entregan a cambio de del citado bono, el cual por venir al portador, es un instrumento de cooptación y Manipulación.


La Junta Central electoral al tenor del artículo 212 de la Constitución, se encuentra en la obligación de tomar medidas cautelares para garantizar la equidad en los procesos electoral, maxime cuando se trata de todo un plan forzar la abstención financiera a la oposición mediante la compra usando los bonos, de dirigentes de la oposición.



Se trata de un plan de compra de votos y cedula  realizado desde la presidencia atreves de gobernadores provinciales, presidentes provinciales, presidente municipales,  presidente de bloque, lo cual constituye la destrucción de la democracia.


Esperamos que el Presidente de la República cumpla su obligación de convocar una legislatura para que el Congreso Nacional devuelva el sosiego democrático al Pueblo Dominicano, 


Departamento de Comunicaciones


Contactos:


Ariela Valdez Díaz

829-370-5382

Periodista

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